A través del Estatuto se regula las facultades y funciones de la AIOC, entre las que se definen el legislar, deliberar, reglamentar, fiscalizar y ejecutar en los asuntos de su competencia y en el marco de su jurisdicción; la elección de las autoridades del Gobierno Indígena Originario Campesino y su organización para el ejercicio de sus competencias y la implementación de su sistema económico-financiero y de administración de los recursos que la Constitución y la ley nos asignan; la coordinación con otras entidades autonómicas y con el nivel central del Estado; la participación ciudadana que, según nuestras normas y procedimientos propios, se entiende como participación de las bases y de la población en general; el ejercicio de la jurisdicción indígena originario campesina; la suscripción de convenios orientados al fortalecimiento de la gestión autonómica. El Estatuto fue aprobado mediante Referendo el 20 de noviembre de 2016.
