Democracia interna y régimen de despatriarcalización

 

Las organizaciones políticas son actoras esenciales del sistema democrático y  mediadoras en los procesos de participación y representación política de las mujeres. Es así, que el acceso de las mujeres a candidaturas y espacios de poder está directamente ligado a las organizaciones políticas, ya sean éstas partidos políticos, agrupaciones ciudadanas y organizaciones de las naciones y pueblos indígena originario campesinas.

Es así, que la construcción de la democracia paritaria necesita que las organizaciones políticas apliquen los principios de paridad, igualdad  de oportunidades y equidad de género en su organización interna y trabajo con la militancia. La democratización de las organizaciones es un paso imprescindible para la construcción de la democracia en el país.

La Ley N° 1096 de Organizaciones Políticas coloca a la democracia paritaria como principio de observancia obligatoria para las organizaciones políticas. Establece también, que los estatutos de los partidos  políticos y las agrupaciones ciudadanas deberán incluir un régimen de despatriarcalización para la promoción de la paridad y equivalencia, la igualdad de oportunidades y la implementación de acciones afirmativas.

Este eje brinda información sobre la participación de mujeres en la estructura de las organizaciones políticas, en sus instancias de decisión y deliberación; y sobre los mecanismos internos adoptados por las organizaciones políticas contra el acoso y la violencia política. La información procesada incluirá:

  • Mecanismos internos basados en la democracia paritaria e intercultural para la elección de dirigencias y delegaciones de las organizaciones políticas.
  • Régimen de despatriarcalización en los estatutos internos de las organizaciones políticas.
  • Registro de militantes mujeres en las organizaciones políticas.
  • Procedimientos democráticos paritarios para el acceso a candidaturas.